Qué dice la Ley 5/2025
La Ley 5/2025, de 24 de julio, modifica la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación para incluir a los vehículos de movilidad personal (VMP). En la práctica: todos los patinetes eléctricos deben contar con un seguro de responsabilidad civil, igual que un coche o una moto.
La obligación entra en vigor en enero de 2026, y su desarrollo reglamentario añade además el registro oficial del vehículo y su certificado de circulación.
A quién afecta exactamente
A los vehículos con motor cuya velocidad por diseño está entre 6 y 25 km/h: patinetes eléctricos y demás VMP. Los vehículos personales ligeros de más de 25 kg que superan los 14 km/h también quedan incluidos, con su propio plazo de adaptación.
Las bicicletas de pedaleo asistido (sin acelerador, hasta 25 km/h) quedan fuera de la obligación.
Multas por circular sin seguro
Circular sin el seguro obligatorio se sanciona con multas de entre 600 y 1.000 euros, además de la inmovilización del patinete. Con un coste de póliza de unos pocos euros al mes, el riesgo no compensa nunca.
Cuánto cuesta y qué cubre
La responsabilidad civil básica de un patinete es de los seguros más baratos del mercado: hablamos de precios anuales muy reducidos. Cubre los daños que causes a terceros — un peatón atropellado, un retrovisor roto —, que es exactamente lo que exige la ley.
Por poco más se puede añadir robo, daños propios o asistencia. Si usas el patinete a diario, suele merecer la pena.
Cómo lo contrato
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